Nota de prensa 24 de octubre de 2014

El Derecho Penal ante el fin de ETA. Tres años. 1096 días

Expertos vinculados a la judicatura, la abogacía, la academia y las instituciones reflexionan para Hermes al cumplirse el tercer aniversario del cese de la actividad armada de ETA Los expertos coinciden en que es necesario y urgente desmontar la excepcionalidad jurídica en España para establecer el marco jurídico de la paz

El Derecho Penal ante el fin  de ETA. Tres años. 1096 días

Han pasado ya 1096 días, o sea, tres años, desde que ETA anunciara la suspensión definitiva de su actividad armada. El 20 de octubre de 2011 supuso el fin de un periodo gris contaminado por la violencia de ETA y la violencia de respuesta, en forma también de violencia parapolicial, vulneraciones de derechos, torturas, guerra sucia… El fin de la violencia de ETA ha supuesto el principio de un proyecto colectivo ilusionante: construir una Euskadi en paz, una Euskadi de todos y para todos.

Por ello, desde un primer momento, con el objetivo principal de reflexionar en torno al papel del Derecho Penal o a cómo debiera orientarse la política penal y penitenciaria en estas nuevas circunstancias, Sabino Arana Fundazioa puso en marcha una serie de encuentros  con personas vinculadas a la judicatura, la abogacía la academia y las instituciones, que este año han celebrado su tercera edición.  

Este número especial de Hermes -Nº 47- que hoy se presenta es fruto de las reflexiones realizadas en el encuentro celebrado el pasado 13 de junio. En él colaboran la presidenta de la Audiencia Provincial de Navarra, Esther Erice; del abogado Txema Montero, del catedrático de Derecho Penal de la UPV/EHU, Ignacio Muñagorri; y de la profesora titular de Derecho Penal de la UPV/EHU, Ana I. Pérez Machío. La revista incluye, asimismo, una entrevista con las catedráticas de Derecho Penal, Mercedes García Aran (Universidad Autónoma de Barcelona) y Carmen Lamarca (Universidad Carlos III de Mardid), quienes llegan a afirmar que “es urgente desmontar la excepcionalidad jurídica en España”. El número se complementa con las conclusiones o “corpus de principios común” elaborado por el equipo de expertos  que han participado a lo largo de estos tres años en los encuentros (Hermes 47 ya a la venta)

Juan Mª Atutxa, presidente de Sabino Arana Fundazioa, editora de Hermes, ha recordado los orígenes de estas jornadas: “Decidimos mirar al futuro, pero sin olvidar el pasado. Porque no podemos, no debemos, y lo que es más importante, no queremos olvidar. El futuro de Euskadi solo puede construirse sobre los pilares de la memoria. Una memoria viva; una memoria sin ira, sin odio, sin afán de venganza; una memoria inclusiva, una memoria de memorias, una memoria de todos y para todos”.

Juan Mª Atutxa ha destacado, asimismo, que estos nuevos tiempos “exigen también una nueva justicia. Porque el Estado español, al amparo de la lucha contra ETA, ha ido generando un régimen de excepción (una legislación de excepción, un Código Penal de excepción, una justicia –en muchos casos- de excepción y un reglamento y unas prácticas penitenciarias de excepción), que ha minado su calidad democrática y contaminado la cultura de los derechos fundamentales”. 

También ha subrayado la necesidad de “aportaciones decisivas por parte de dos de los actores principales -ETA y el Estado-. La de ETA en términos de entrega de las armas y disolución incondicional y sin contrapartidas políticas. Y lo que sería incluso más importante, en términos de reconocimiento –sincero y no táctico- de su responsabilidad y del daño causado.  Y la del Estado en términos de desactivar y dejar sin efecto el arsenal legislativo, procesal y penitenciario de excepción construido a la largo de los últimos años, y en términos de normalizar la política penal y penitenciaria, sustentando ésta sobre principios generales, universales y garantistas propios de un Estado de Derecho”.

En la presentación también han tomado parte el director de Hermes, José Antonio Rodríguez Ranz, y, la letrada y coordinadora del seminario celebrado el pasado 13 de junio, Margarita Uria. 

La letrada ha recordado “las tres intensas jornadas, de análisis de la evolución legislativa, de la práctica judicial, del criterio en la doctrina, de la respuesta en instancias europeas e internacionales, etc.” celebradas desde 2012 y que “fueron recogidas en dos monográficos anteriores de la revista y ahora en este tercero que se presenta, con un interesante plus: por acuerdo de los asistentes hubo conclusiones, que recogen, en tres bloques, la excepcionalidad que deberá ser superada para llegar a establecer el marco jurídico de la paz”, ha afirmado.

Respecto a las conclusiones consensuadas en el seminario, puede destacarse que los expertos en materia de Derecho Penal abogan, en el capítulo de la detención incomunicada, “por la supresión del régimen de detención incomunicada, atendiendo muy especialmente a los requerimientos explícitaos que en tal sentido han formulado al Estado español los organismos internacionales de garantía de Derechos Humanos, así como a los convenios internacionales suscritos en  materia de derechos de las personas detenidas”.

Abogan, asimismo, “por la supresión del delito de terrorismo sin pertenencia o colaboración con banda armada” y consideran que “el delito de enaltecimiento debe suprimirse en tanto colisiona -a su juicio- con el ejercicio legítimo de un derecho que forma parte de la arquitectura de la convivencia democrática, como es la libertad de expresión”.

Teniendo en cuenta el hecho de que ETA hayan puesto fin a su actividad violenta insisten también en la idea de permitir su “el acceso de los presos a las condiciones de vida que mejor favorezcan su reinserción, entendida como la capacidad de vivir sin incurrir en nuevos delitos (cumplimiento de penas en cárceles próximas a sus lugares de origen, aplicación de normas legales que prevean la excarcelación -con las cautelas que sean necesarias- de internos con enfermedaes graves e incurables),  etc ”.

Por último, los participantes en el seminario reivindican “el derecho de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación, superando el papel al que tradicionalmente las ha relegado el proceso penal. Los derechos de las víctimas, no obstante, no justifican la excepcionalidad que supone el incremento de su legitimación activa en la fase de ejecución de las penas, fase en la que el principio  inspirador no debe ser tanto la gravedad del delito, cuanto la reinserción de quien lo cometió”.